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Reconocimiento de situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.

Finalidad

Consecución de una mejor calidad de vida y autonomía a personas en situación de dependencia

Quien lo puede Presentar

Personas físicas.

Plazos de Presentación

Durante todo el año

Presentación

Sede electrónica Ayuntamiento de Elche, presencial (personas físicas) en oficinas OMACs o cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organo Gestor

Para cualquier consulta relacionada con la tramitación de este trámite, póngase en contacto con la Concejalía de Igualdad, Derechos Sociales y Políticas Inclusivas (derechossociales@elche.es)

Plazo de resolución

Plazo máximo de seis meses desde la fecha de registro de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación y resolución.

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Recurso de alzada en el plazo de un mes

Normativa básica

Ley 39/2006, de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Real decreto ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Decreto 18/2011, de 25 de febrero del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia. Orden 21/2012 de 25 de octubre , de la Consellería de Justicia y Bienestar Social por la que se regulan los requisitos y condiciones de acceso al programa de atención a las personas y sus familias en el marco del SAAD. Orden 34/2014 de 22 de diciembre de la Consellería de Bienestar Social, por la que se modifica la orden 21/2012. Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales , de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de Dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.

Información Adicional

Personas que se encuentren en situación de dependencia que residan en territorio español durante cinco años de los cuales dos deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud. En menores de cinco años este periodo se exigirá a quién ejerza su guarda

 

Enlace de acceso a impresos de solicitudes de la GENERALITAT VALENCIANA

Documentación relacionada
A248 Expediente de dependencia

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Acceso mediante sistema Clave
Documentos a Presentar
Documentación requerida
- A248 Expediente de dependencia
- Solicitud inicial de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
- Revisión del grado de dependencia.
- Comunicación presentación solicitud SAAD y Petición de Datos Mínimos
- Certificado de empadronamiento historico solicitante
- Certificado de convivencial cuidador/a
- Modelo de domiciliación bancaria
- Informe de salud para reconocimiento prestaciones sociales
- Ficha del servicio de Teleasistencia (en su caso si solicita ese servicio)
- DNI del representante legal (solo si está incapacitado legalmente)
- Compromiso Cuidador No Profesional (si piden el recurso PECNP)
Documentación complementaria
- Solicitud de nuevas preferencias de servicios o prestaciones, ampliación o revisión del PIA
- Modelo declaración persona guardadora de Hecho.
- Contrato y facturas por ingreso en residencia o centro de día
- DNI o NIE del solicitante
- DNI de la persona cuidadora
- Certificado del grado de discapacidad
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