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Sugerencias y reclamaciones 

Finalidad
El procedimiento de Sugerencias y reclamaciones tiene la finalidad de la defensa de los derechos de los vecinos.
Sugerencias: tiene tal consideración aquellas propuestas, recomendaciones o iniciativas formuladas por la ciudadanía y destinadas a mejorar los servicios públicos del Ayuntamiento de Elche o de las entidades dependientes de él.
Reclamaciones: se considerarán así aquellas peticiones, demandas o protestas realizadas por la ciudadanía sobre el normal o anormal funcionamiento de los servicios municipales.
Quien lo puede Presentar
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a presentar sugerencias y reclamaciones
Plazos de Presentación
En cualquier momento
Presentación

Presentación de la reclamación y/o sugerencia, en formulario normalizado, a través de los siguientes medios: Registro general en las OMAC, Servicio telefónico de atención ciudadana 010, Sede electrónica municipal con firma digital y Red de buzones de la ciudadanía

 

Organo Gestor
Unidad Administrativa de Sugerencias y Reclamaciones
Plazo de resolución

Plazo recomendable: un mes

Plazo máximo: tres meses

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

El ciudadano o ciudadana que haya presentado una reclamación o sugerencia y la resolución no haya sido satisfactoria, o no haya recibido contestación en el plazo de 3 meses, contados a partir de la fecha de registro de la misma, podrá dirigir su queja a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

Normativa básica
Reglamento Orgánico de la Comisión Especial de Sugerencias y reclamaciones del Ayuntamiento de Elche, BOP de fecha 01/06/2006.
Información Adicional
El reclamante podrá desistir en cualquier momento de su petición, mediante comunicación al ayuntamiento, por cualquiera de los medios admitidos para su presentación. En este supuesto, se archivará el expediente. Las sugerencias y reclamaciones en queja, no requerirán acreditar la condición de interesado, ni otras formalidades que las contenidas en su regulación específica. En virtud de este procedimiento, la persona que presente una queja o sugerencia no adquiere la condición general de interesado, ni dará lugar a la apertura de vía de recurso. No obstante, el interesado podrá ejercer el derecho de petición, en los términos previstos en la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, y demás legislación complementaria, o cualquier otra reclamación administrativa que proceda en derecho.
Quedan excluidas de este procedimiento las cuestiones pendientes de resolución judicial o en tramitación administrativa, hasta que recaiga resolución expresa o presunta, y los asuntos que sean competencia de un procedimiento administrativo.
Recuerde que para los PARTES o AVISOS por deterioro de aceras, de asfaltado, limpieza, barandillas o bolardos, así como mantenimiento de arbolado, desplazamientos de contenedores, rotura de papeleras, falta de iluminación o recogida de inmuebles, entre otros, dispone del siguiente enlace:
Acceso a incidencias de la vía pública
Documentación relacionada
A136 Sugerencias y Reclamaciones

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Acceso mediante sistema Clave
Documentos a Presentar
Documentación requerida
- A136 Sugerencias y Reclamaciones, que deberá ser debidamente rellenado con los datos de identificación y descripción de la sugerencia o reclamación
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