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Ayudas sector turístico COVID-19 Diputación 2021

Finalidad

Concesión de ayudas directas dirigidas a las personas autónomas, micropymes y pymes con que tengan su domicilio fiscal en el municipio de Elche que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria y pertenezcan a algunos de los siguientes sectores:

CNAE Descripción

5610 Restaurantes y puestos de comida

5621 Provisión de comidas preparadas para eventos

5629 Otros servicios de comidas

5630 Establecimientos de bebidas

7911 Actividades de agencias de viajes

7912 Actividades de los operadores turísticos

7990 Otros servicios de reservas

En caso de pertenecer a los códigos CNAE 5610, 5621, 5629 y 5630, deberán tener más de diez personas trabajadoras a fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes. De pertenecer a los códigos 7911, 7912 y 7991, no habrá limitación en cuanto a número de personas trabajadoras.

La cuantía de la ayuda a otorgar a los beneficiarios, previa la correspondiente justificación, será por un importe máximo de:

a. 2.500 € para aquellas pymes o autónomos con más de 10 personas trabajadoras a

fecha de apertura de plazo para la presentación de solicitudes.

b. 1.200 €, más 100€ por cada persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social a fecha de apertura de plazo para la presentación de solicitudes, para el resto de autónomos y microempresas.

Quien lo puede Presentar

Personas trabajadoras autónomas micropimes y pymes que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria de Ayudas Sector Turístico Covid-19 Diputación 2021.

Plazos de Presentación
01/01/1900 00:00:00
Presentación

La Solicitud se realizará únicamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Elche, https://sede.elche.es, en el apartado de “TRÁMITES DESTACADOS”, trámite “AYUDAS SECTOR TURÍSTICO COVID-19 DIPUTACIÓN 2021”, cumplimentando el formulario solicitud y adjuntando la documentación requerida.

Organo Gestor

Oficina Municipal de Tramitación de Ayudas (omta@elche.es)

Plazo de resolución

Un mes a contar desde el día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra la resolución se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº Uno de Elche, en el plazo de dos meses contados a partir de la recepción de la presente notificación. Así mismo, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir de la presente notificación, el cual se entenderá desestimado si en el plazo máximo de un mes contado a partir de su interposición, no se ha notificado resolución expresa. En el caso de presentar recurso previo de reposición, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa, o de seis meses, en caso de desestimación presunta (art.46.1 LJCA y art. 123 y 124 Ley 39/2015 de 1 de octubre PAC), ello sin perjuicio de que pueda Ud. ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente

Normativa básica

Las Bases de la Convocatoria de Ayudas Sector Turístico Covid-19 Diputación 2021, las Condiciones que regulan la concesión de subvenciones a Ayuntamientos para minimizar el impacto económico que el covid-19 sobre pymes, micropymes y autónomos. Programa TEN 21, publicadas en su sede electrónica por la Diputación Provincial de Alicante el día 9 de julio de 2021, la Base nº 27 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2021, publicadas en el BOP de Alicante del día 3 de febrero de 2021, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Documentación relacionada
A051 Ficha de mantenimiento terceros

A315 Autorización de representación

Convocatoria

Resumen práctico ayudas

Documentos a Presentar
Documentación requerida
Modelo de autorización (A315)
Certificado de la situación censal
Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica desarrollada, lugar donde se ejerce y la fecha de inicio de la misma
Certificado de la T.G.S.S.
Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de la situación de alta en la misma.
Informe de vida laboral
Informe de Vida Laboral de la Empresa expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que figuren el número de personas trabajadoras a fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes
Autorización de poderes de la persona administradora, si procede
En caso de persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, acreditación de los poderes de la persona administradora
Modelo de domiciliación bancaria (A051)
Documento normalizado de domiciliación bancaria, debidamente cumplimentado por la entidad financiera (Ficha de mantenimiento a terceros, modelo A051) o certificado de titularidad bancaria válidamente emitido por la entidad financiera.
Justificación de gastos corrientes
Los documentos justificativos de los gastos corrientes en los que se hayan incurrido de los meses por lo que se vaya a solicitud la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2020 y 30 de junio de 2021). En el caso de gastos de interés de préstamos, deberá presentarse el recibo del mismo. En el resto de casos, deberá presentarse la factura acreditativa del gasto junto con el correspondiente justificante de pago (cargo bancario). Además, en el caso de gastos de alquiler, deberá presentarse el contrato de arrendamiento.
La solicitud esta fuera de plazo
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