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Ayudas Crisis. Diputación 2023

Finalidad
Concesión de ayudas directas a personas autónomas, pymes, micropymes y otros colectivos sujetos a mutualidades que tengan su domicilio fiscal en Elche y que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria de Ayudas Crisis. Diputación 2023. Todo ello, de acuerdo con lo establecido la Convocatoria y Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos con destino a minimizar el impacto económico que la crisis está suponiendo sobre pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales de sus municipios en el contexto de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, anualidad 2023, publicadas el 22 de marzo de 2023 en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante
Quien lo puede Presentar
Personas trabajadoras autónomas y pymes que tengan su domicilio fiscal en el municipio de Elche, que los rendimientos netos de los meses por los que vaya a solicitar la ayuda (comprendidos entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023), sea igual o inferior a la media de rendimientos netos obtenidos en los mismos meses durante la anualidad 2021 y que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria de Ayudas Crisis. Diputación 2023.
Plazos de Presentación
01/01/1900 00:00:00
Presentación

Únicamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Elche.

Organo Gestor
Promoción del Empleo y Formación
empleo@elche.es
empresas@elche.es
Plazo de resolución
3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

La resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer frente a ella, ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo; o éste directamente en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, contados ambos plazos a partir del día siguiente a aquel en que sea publicada la resolución, o en cualquier momento, en caso de desestimación presunta. En el caso de presentar recurso previo de reposición, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa, o en cualquier momento, en caso de desestimación presunta (art.46 LJCA y arts. 123 y 124 Ley 39/2015 de 1 de octubre PAC), ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere procedente

Normativa básica

La concesión de Ayudas Crisis. Diputación 2023 se rige por la presente Convocatoria. En todo lo no previsto en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Convocatoria de Ayudas Crisis. Diputación 2023. Todo ello, de acuerdo con lo establecido la Convocatoria y Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamiento

Pago de tasas
Ninguna
Información Adicional

La cuantía de la ayuda a otorgar a los beneficiarios, previa la correspondiente justificación, será la solicitada por cada uno de ellos hasta un importe máximo 5.000,00 euros

Modelos de documentos para descargar
Descargar Impreso A051 Registro de proveedores-Designación cuenta bancaria
Descargar Impreso A315 Autorización de representación de terceros
Documentación relacionada
Convocatoria

Resumen práctico ayudas

Documentos a Presentar
Documentación a aportar:
A315 Modelo de autorización, en su caso.
Si no se actúa mediante certificado electrónico de representante, será necesario presentar la documentación acreditativa de la representación para actuar en este procedimiento en nombre del interesado (modelo A315).
Certificado actualizado de Situación Censal.
Certificado actualizado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de Situación Censal que indique el domicilio fiscal, la actividad económica desarrollada, lugar donde se ejerce y la fecha de inicio de la misma.
A051 Documento de domiciliación bancaria.
Documento normalizado de domiciliación bancaria, debidamente cumplimentado por la entidad financiera o certificado de titularidad bancaria válidamente emitido por la entidad financiera (modelo A051).
Los documentos justificativos de los gastos subvencionables
Los documentos justificativos de los gastos corrientes en los que se hayan incurrido de los meses por los que se vaya a solicitud la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2022 y 30 de junio de 2023), suficientes para justificar la cantidad solicitada.
Certificado positivo de Hacienda.
Si la ayuda solicitada es superior a 3.000,00 €, certificado actualizado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
Si la ayuda solicitada es superior a 3.000,00 €, certificado actualizado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social.
La solicitud esta fuera de plazo
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