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Ayudas para el abono de gastos inherentes a la titularidad de la vivienda habitual

Finalidad

Solicitar las ayudas para los gastos inherentes a la titularidad de la vivienda del ejercicio 2024.

Quien lo puede Presentar
Podrán ser beneficiarias de las Ayudas para el abono de gastos inherentes a la titularidad de vivienda habitual, las personas físicas que sean propietarias de unidades catastrales del municipio de Elche, que tenga atribuido en el Catastro el “Uso Residencial” (V) y reúnan los requisitos previstos en las bases de la convocatoria.
Plazos de Presentación
01/01/1900 00:00:00
Presentación

-Sede electrónica del Ayuntamiento de Elche (sede.elche.es)
-Red de Oficinas Municipales de Atención Ciudadana
-Cualquier otra forma establecida en la Ley 39/2015

Organo Gestor

Oficina Municipal de Tramitación de Ayudas (omta@elche.es)

Plazo de resolución

6 meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Contra el acuerdo de concesión o de denegación de la subvención cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, o ser impugnado directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

Normativa básica
- Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas individuales para el abono del Impuesto sobre Bienes de Naturaleza Urbana.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo.
- Ley 39/2015 de Procedimiento Adminsitrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Base 28 de las de Ejecución del Presupuesto vigente publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del día 28 de enero de 2025.
Pago de tasas
Ninguna
Información Adicional
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que sean sujetos pasivos de Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y reúnan los siguientes requisitos:
- Ser titular del recibo del IBI del año 2024 de su vivienda habitual (excepto en caso de separación o divorcio, fallecimiento, bien ganancial o copropiedad).
- Estar empadronada en la vivienda objeto de la ayuda durante todo el año 2024 de forma ininterrumpida. La comprobación de este requisito se realizará por el Ayuntamiento.
- Estar empadronada en Elche en la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitud. La comprobación de este requisito se realizará por el Ayuntamiento.
- Haber pagado el recibo del IBI de la vivienda del ejercicio 2024, con anterioridad al 30 de mayo de 2025.
- El valor catastral de la vivienda objeto de la ayuda ha de ser igual o inferior a 70.000,00 €. No existirá limitación de valor catastral para aquellas viviendas en las que consten empadronadas personas con dependencia y/o grado de discapacidad igual o superior al 33%, o víctimas de violencia de género reconocida.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con el Ayuntamiento de Elche, y con la Seguridad Social, así como por reintegro de subvenciones.
- Los ingresos brutos anuales del año 2023 (Base imponible general IRPF), de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, que el día 31 de diciembre de 2024 estén empadronados con la persona solicitante y tuvieran cumplido los 16 años a fecha 31 de diciembre de 2023 no hayan sido superiores a la siguiente escala:
 
   

 Con personas dependientes, grado de discapacidad mayor o igual al 65% o víctimas de delitos a los que se refiere el art. 153.1 del Código Penal

Unidades con un solo miembro

15.960,00

17.640,00

Unidades con dos miembros

18.480,00

20.160,00

Unidades con tres miembros

21.840,00

23.520,00

Unidades con cuatro miembros

25.200,00

26.880,00

Unidades con 5 o más miembros

27.720,00

29.400,00


Importe:
Hasta un máximo de 165 €

Documentos para descargar:
A315 Modelo de representación

Documentación relacionada
A156 Solicitud de ayuda para el abono de gastos inherentes a la vivienda habitual

A156 Sol·licitud d’ajudes per a l’abonament de gastos inherents titular vivenda habitual

A164 Autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria y de la TGSS - Ayuda IBI

A284 Autorización para el pago en cuenta bancaria de otro titular

A416 Autorización cotitulares de vivienda

Bases convocatoria ayudas gastos inherentes vivienda 2025

Documentos a Presentar
Documentación requerida
A156 Solicitud de ayuda de abono de gastos inherentes a la vivienda habitual 2024.
Recibo del IBI de naturaleza Urbana
Correspondiente al ejercicio 2024, con el objetivo de verificar la titularidad de la vivienda objeto de la ayuda solicitada.
Documento justificativo de la cuenta bancaria a nombre de la persona solicitante.
Libreta de ahorro, o cualquier documento expedido por entidad financiera donde conste el nombre de la persona titular.
A284 Modelo de autorización expresa
En caso de solicitar el ingreso de la ayuda en una cuenta bancaria distinta de la del titular de la explotación.
En caso de dependencia o discapacidad superior al 33%, certificado acreditativo.
Certificado de grado de dependencia y/o de grado de discapacidad igual o superior al 33% emitido con anterioridad al 31/12/2024.
Documento acreditativo de situación de víctima de violencia de género
Resolución judicial firme o acreditación administrativa emitida con anterioridad al 31/12/2024
En caso de separación o divorcio, sentencia judicial firme o convenio regulador.
De fecha anterior al 31/12/2024
Personas sometidas a tutela o representación legal, sentencia judicial firme o poder notarial acreditativa de esta representación.
A164 Autorización para recabar datos de la AEAT y de la TGSS. Ayudas Pago IBI, si procede.
A164 Autorización para recabar datos de la AEAT y de la TGSS en el caso de que algún miembro de la unidad de convivencia no firme la autorización de la solicitud.
En caso de fallecimiento del titular del recibo del IBI, se aportará la documentación indicada según el caso:
a) Si se ha realizado alteración catastral con posterioridad al fallecimiento:
Alteración catastral.
b) Si no se ha efectuado alteración catastral:
Escritura de adjudicación de herencia.
Testamento y registro de últimas voluntades, en su caso.
En defecto de la anterior, testamento y registro de últimas voluntades.
c) En el supuesto de sucesión ab-intestato:
Declaración de herederos ab-intestato.
Registro de últimas voluntades del titular de la vivienda.
Escritura de propiedad de la vivienda.
Libro de familia del titular de la vivienda.
En caso de solicitar la ayuda para viviendas con más de una persona propietaria y en la que no todos/as los propietarios/as residan en ella, deberán aportar:
DNI de todos los propietarios.
A416 Autorización de cotitulares de la vivienda.
En caso de solicitar la ayuda para viviendas con más de una persona propietaria y en la que no todos/as los propietarios/as residan en ella, DNI y autorización expresa de todas las personas propietarias (Modelo A416) para que la persona solicitante perciba la totalidad de la ayuda
La solicitud esta fuera de plazo
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