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Menjar a casa

Finalidad

Solicitud del servicio Menjar a casa consistente en la entrega en el domicilio de la persona usuaria de la comida diaria (de lunes a viernes, excepto los días festivos de carácter nacional o autonómico) mejorando así su nutrición y facilitando su permanencia en el mismo.

Quien lo puede Presentar
El servicio de Menjar a Casa irá destinado a las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Tener edad igual o superior a 65 años
- Tener 60 años o más y encontrarse en situación de dependencia o con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Ser mayor de 18 años con un grado de discapacidad del 33% o superior y convivir con una persona de 65 años o más beneficiaria del programa.
 
REQUISITOS:
- Tener autonomía para la preparación e ingesta de los alimentos servidos, o bien aportar compromiso de familiares o de la entidad local que se responsabilicen de dicha tarea.
- Estar empadronado en Elche
- Precisar el servicio, acreditado mediante informe social e informe médico favorables.
Plazos de Presentación

Todo el año

Presentación

Sede electrónica Ayuntamiento de Elche, presencialmente (personas físicas) en cualquiera de las oficinas OMAC de Elche, demás formas previstas en el artículo 16.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.

Organo Gestor

Para cualquier consulta relacionada con la tramitación de este trámite, póngase en contacto con la Concejalía de Igualdad, Derechos Sociales y Políticas Inclusivas (derechossociales@elche.es)

 

Plazo de resolución
Seis meses.
Nº máximo de plazas concertadas con la Generalitat Valenciana y el tiempo de espera dependerá de las vacantes que haya en ese momento, que dependen a su vez de las bajas que se van produciendo.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, en virtud de lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de poder interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pago de tasas



Documentación relacionada
A277 Solicitud del Servicio Menjar a Casa

Autorización para recabar datos para solicitar el PROGRAMA “MENJAR A CASA”

Domiciliación bancaria

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
A277 Solicitud del Servicio Menjar a Casa
A277b Domiciliación bancaria
A277c Autorización para recabar datos para solicitar el PROGRAMA “MENJAR A CASA”
DNI/NIE
Informe de salud de la persona solicitante, según modelo normalizado.
Informe de salud de la persona solicitante, según modelo normalizado para el reconocimiento de prestaciones sociales (ABUCASIS).
Certificado de discapacidad, en su caso.
Certificado de de discapacidad, en su caso.
Prestaciones o subsidio de desempleo, en el caso en el que el interesado no haya presentado la autorización para recabar datos
Certificado de pensiones o prestaciones sociales públicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el caso en el que el interesado no haya presentado la autorización para recabar datos.
Documentación situación tributaria, en su caso.
Documentación relativa a la situación tributaria, en caso de no haber prestado autorización para recabar datos.
Documentación a aportar en caso de representación
Documento acreditativo de la representación
DNI/NIF de la persona representada
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