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Certificado de empadronamiento individual, colectivo o histórico

Finalidad
Acredita la residencia en el municipio.

Mediante este procedimiento se tramitan los certificados de empadronamiento de forma NO AUTOMATIZADA, como el caso de personas de baja en el padrón o fallecidas, histórico indicando el período que se solicita, o colectivo en el que aparezcan visibles los datos de todas las personas inscritas en el domicilio. Estos certificados requieren la presentación de una solicitud específica acompañada de la documentación requerida en el apartado de Documentos a Presentar.

RECUERDE QUE puede obtener certificados de forma automatizada, en los siguientes enlaces:
Certificado de empadronamiento individual
Certificado de empadronamiento colectivo
Quien lo puede Presentar
El interesado o representante acreditado
Plazos de Presentación

Todo el año

Presentación

A través de SEDE electrónica del ayuntamiento de Elche, de las oficinas OMAC y por los mecanismos enumerados según lo dispuesto por el art.16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Organo Gestor

El departamento competente en la tramitación del procedimiento es Estadística (estadistica@elche.es)

Plazo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Potestativo de reposición y contencioso administrativo

Normativa básica
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
  • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015.
  • (Instrucciones técnicas sobre el padrón municipal).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales Publicada en el
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos).
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
Pago de tasas

No procede, excepto para aquellos certificados de empadronamiento histórico en los que el departamento, en virtud de la ordenanza fiscal en vigor, considere que lleva asociada una tasa, que le será requerida previamente a la emisión del mismo.

Para las solicitudes de certificados del padrón de Habitantes con información anterior a 1996 sí procede el pago de tasa por importe de 23,57 euros.Puede solicitar la liquidación de la tasa para realizar el pago dirigiendo una copia de su solicitud a omacliquidaciones@elche.es

Información Adicional
Debe especificar en su solicitud si opta por certificado de empadronamiento individual, colectivo o histórico.

Modelos de documentos para descargar
Descargar instancia general A119 Instancia general
 
Documentación relacionada
A497 Autorización para emisión de certificados de convivencia

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
A119 Instancia general
DNI, NIE o Pasaporte en vigor
Tasa municipal (si procede)
Documentación a aportar en caso de representación
A497 Autorización para emisión de certificados de convivencia
DNI/NIF de la persona representada
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