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Declaración responsable de edificaciones existentes (segunda ocupación y posteriores)

Finalidad

Presentación de una declaración responsable de edificaciones existentes (segunda ocupación y posteriores).

Quien lo puede Presentar
Personas físicas o jurídicas propietarias del inmueble.
Plazos de Presentación
Transcurridos diez años desde la primera ocupación cuando concurra uno de los siguientes casos:
  • Se produzca una transmisión de propiedad.
  • Sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de servicios de agua, gas o electricidad. No se considerará un nuevo suministro cuando se cambie de compañía suministradora.
Presentación
-Sede electrónica.
-Presencialmente a través de cualquier OMAC.
-Cualquiera de las previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor

El departamento competente en la tramitación del procedimiento es Licencias de Urbanismo.

e-mail: urbanismo@elche.es

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, en virtud de lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de poder interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Normativa básica

-Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje,
-Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
-Ordenanza reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística.

Pago de tasas

Puede realizar el pago de la tasa pinchando aquí

Información Adicional
NOTA (1): A tener en cuenta para cumplimentar modelo A133 DECLARACIÓN RESPONSABLE
Recuerde que para dar por válida la dirección de su vivienda debe coincidir con los datos del padrón de habitantes o, en su defecto, de la factura de Aigües d’Elx, bajo los siguientes criterios:

•    Para conocer cuál es su planta debe tener como referencia que la planta
 baja es Planta 1; el entresuelo se correspondería con planta 2, ya siguiente es planta 3 y así sucesivamente
•    El número de puerta será tomado siempre con un número (no letra), correspondiendo el 1 a la puerta de la izquierda de su rellano cuando suba por la escalera, siendo puerta 2, 3, 4… a las siguientes hacia su derecha

NOTA (2): El certificado del cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y diseño de aplicación deberá ser expedido por un técnico competente de conformidad con lo dispuesto en la sentencia nº. 1464/2021 de 13 de diciembre de 2021 del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª), sobre las competencias profesionales para emitir informes referidos a las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad en los edificios.

NOTA (3): DECRETO 12/2021, de 22 de enero, del Consell de regulación de la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de vivienda.
Para aquellos casos en los que no existiera red general de alcantarillado ni fuera posible su conexión según lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la red de alcantarillado municipal y de los vertidos a la misma, deberá acreditar cómo se gestionan los residuos, bien mediante Autorización de la Cuenca Hidrográfica, o bien mediante la justificación de la existencia de depósito estanco de al menos 6 m³, y contrato de mantenimiento con empresa autorizada para la gestión, aportando además autorización de la empresa.

NOTA (4): El cambio de titularidad del servicio de suministro de agua, se tramitará de acuerdo con lo establecido por la mercantil Aigües i Sanejament d’Elx S.A. (https://www.aigueselx.com/ayuda)
Documentación relacionada
A133 Declaración responsable de edificaciones existentes (segunda ocupación y posteriores)

A133b Declaración responsable del personal técnico competente

A133c Certificado para la ocupación de edificaciones existentes (segunda ocupación y posteriores)

A298 Autorización para actuar como representante en declaración o licencia de ocupación

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida que acompaña EN TODO CASO (Vivienda y locales)
A133 Declaración responsable de edificaciones existentes (segunda ocupación y posteriores)
Justificante acreditativo del ingreso de la tasa correspondiente.
DNI/NIE/NIF del declarante o escritura de constitución y poderes según el caso.
DNI/NIE/NIF del declarante. En caso de persona jurídica deberá acompañar escritura de constitución y poderes según el caso.
A298 Autorización para actuar como representante en declaración o licencia de ocupación
DNI, NIE o Pasaporte del representante, en su caso
En caso de persona jurídica, escritura de constitución y NIF.
Documentación requerida que acompaña EXCLUSIVAMENTE PARA VIVIENDAS:
Informe de evaluación del edificio, cuando así venga exigido por la normativa de aplicación.
A133c Certificado de la persona facultativa competente
Certificado de la persona facultativa competente de que el edificio o, en su caso, la parte de éste susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento del título habilitante anterior al que se solicita. Para las edificaciones existentes que carezcan de título habilitante de ocupación anterior deberá señalar que la vivienda o edificación se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina. El certificado tendrá una validez máxima de tres meses desde la fecha de su firma.
A133b Declaración responsable del personal técnico competente
En su caso, autorización de la Cuenca Hidrográfica
En su caso, justificación de la existencia de depósito estanco
En su caso, justificación de la existencia de depósito estanco de al menos 6 m³ y contrato de mantenimiento con empresa autorizada para la gestión, aportando además autorización de la empresa.
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