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Participación ciudadana en el Pleno

Finalidad
Intervención de los ciudadanos en los Plenos municipales ordinarios en turno público de ruegos y preguntas sobre temas concretos de interés municipal que tendrán lugar al final de cada sesión.
Quien lo puede Presentar
Personas físicas empadronadas o que desarrollen su actividad profesional en el término municipal de Elche así como las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
Plazos de Presentación
La solicitud será tenida en cuenta únicamente para el Pleno ordinario del mes en curso y deberá presentarse con una antelación mínima de cinco días hábiles antes de su celebración.
Presentación
A través de las oficinas Municipales de Atención Ciudadana, el registro electrónico o cualquiera de las previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organo Gestor
Para cualquier consulta en relación con este trámite puede ponerse en contacto con participacio@elche.es
Plazo de resolución

Tres meses desde la presentación de la solicitud. El silencio administrativo tendrá carácter desestimatorio de conformidad con el artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o bien, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche en el plazo de 2 meses a contar desde la notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente.

Normativa básica
Reglamento Orgánico Municipal de Elche
Pago de tasas
No sujeto al pago de tasa
Información Adicional

Requisitos de las intervenciones: -El número de intervenciones por Pleno no podrá exceder de diez. -Sólo se admitirá un ruego o pregunta por solicitante. En caso de que se formulen varios ruegos o preguntas en una misma solicitud se atenderá únicamente a la primera de las formuladas. -Los ruegos y preguntas serán breves y concretos y deberán referirse a cuestiones relativas a asuntos de competencia municipal. No se tendrán en cuenta aquellos ruegos o preguntas de naturaleza genérica o indeterminada, ni aquellos que no estén relacionados con asuntos de interés municipal. -No se podrá presentar solicitud sobre un tema que ya haya sido tratado en otra intervención ciudadana anterior en el plazo de un año, a excepción de que sea completada con datos de relevancia. -Corresponde a la presidencia del Pleno la aceptación o no de las solicitudes de intervención.

Documentación relacionada
A131 Solicitud de participación ciudadana en el Pleno

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación requerida
A131 Solicitud de participación ciudadana en el Pleno
Documentación que acredite el ejercicio de actividad profesional en Elche, en su caso.
Si no está empadronada en Elche, pero ejerce su actividad profesional en la ciudad, tendrá que adjuntar documentación que lo acredite, como por ejemplo: una nómina reciente, un contrato de trabajo, un certificado de empresa, el alta en el IAE, etc.
Documentación a aportar en caso de representación
Documento acreditativo de la representación
DNI/NIF de la persona representada
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